LA URGENCIA DE CAMBIOS QUE CONTRIBUYAN AL CIERRE DE BRECHAS DE INFRAESTRUCTURA

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La ley 29090 creada en septiembre del 2007; dio un ordenamiento parcial a las edificaciones del territorio peruano, pero no se contempló herramientas fiscales que impulsen el cierre de brechas y que permitan una mayor recaudación fiscal a los municipios; la comisión de la ONGD Desarrollo Urbano Sostenible – DUS y el colegio de arquitectos del Perú-CAP vienen evaluando las normativas de edificación pudiendo corroborar que   de acuerdo al Estatuto de la Ciudad de Brasil, en su artículo 2° refiere que la política urbana tiene por objetivo ordenar el pleno desarrollo de las funciones sociales de la ciudad y de la propiedad urbana, haciendo referencia al inciso XV donde se explica  la importancia de la simplificación de la legislación de parcelación, uso y ocupación del suelo y de las normas edilicias, con vistas a permitir la disminución de los costos y el aumento de la oferta de lotes y unidades habitacionales.

En relación a ello, en el inciso XVI del artículo mencionado, explican la importancia de la igualdad de condiciones para los agentes públicos y privados en la promoción de emprendimientos y actividades referentes al proceso de urbanización, atendiendo al interés social, indico el arquitecto Fernando Maldonado experto en planificación territorial, quien explico que en países como Brasil y Colombia existen grandes beneficios que terminan en la caja fiscal de los municipios locales. 

 La concesión de derechos edilicios no siempre se hace bajo criterios técnicos. Derechos edilicios gratuitos benefician a actores específicos en detrimento de los principios de equidad de la ley, por esta razón es de suma urgencia contemplar los cambios adecuados a la ley 29090 y sus regulaciones; esto permitiría que se pueda beneficiar el fisco de los gobiernos locales direccionando mayores recursos; al mejorar la ley podremos brindar mejores herramientas de ingreso para la aceleración de la infraestructura carente en cada distrito.